Departamento de Derecho Laboral inicia II ciclo de charlas enfocándose en los riesgos en esta materia

Ante el escenario actual, es necesario discutir con la comunidad jurídica, las problemáticas de los efectos jurídicos del COVID-19 en las relaciones de trabajo. Es por ello que el Departamento de Derecho Laboral de nuestra Facultad, organizó un ciclo de cinco conferencias titulado “Derecho del Trabajo y los efectos laborales de la crisis y emergencia sanitaria en Chile”, que se desarrollarán a distancia durante los meses de septiembre, octubre y noviembre, y cuentan con el patrocinio de la Dirección de Extensión de nuestra Casa de Estudios.

Ayer, se realizó la primera jornada del ciclo con el seminario "El riesgo grave e inminente en materia laboral" participaron como expositores los profesores del Departamento de Derecho Laboral UdeC Álvaro Domínguez Montoya y Diego Rosas Bertin, y los Comentarios los fueron del docente de la Universidad de Chile y exalumno Derecho UdeC, Raúl Fernández Toledo.

Más de cien personas en línea siguieron atentamente las ponencias a través del Facebook Live Derecho UdeC.

El profesor Domínguez se refirió al derecho a la desobediencia legítima en el ordenamiento jurídico laboral, haciendo referencia a los elementos que lo constituyen y las distintas hipótesis en que podemos encontrarlo.

Por su parte el profesor Rosas, expuso obre la configuración normativa del Riesgo Grave e inminente en el ordenamiento jurídico chileno, realizando una exposición sobre los elementos que lo caracterizan sus requisitos y circunstancias que lo rodean, así como de las medidas que pueden adoptarse tanto por los empleadores como por los trabajadores.

Finalmente, el profesor Fernández realizó una valoración crítica de ambas instituciones, de cómo el derecho a resistencia o desobediencia se manifiesta en las situaciones de riesgo grave e inminente.

Hizo un recurrido por los fundamentos de la institución, sus orígenes y algunas particularidades con las que se presentan en el derecho extranjero para posteriormente, analizar críticamente cómo el ordenamiento chileno ha reconocido la institución, incluso proponiendo algunas ideas para su mejora, señalando sobre el particular que: “Tratándose del derecho de resistencia regulado en el artículo 184 bis del Código del Trabajo a nuestro entender presenta diversas deficiencias, que hacen que sea poco utilizado por los trabajadores. Por lo que se hace necesario modificado, siguiendo las legislaciones más avanzadas sobre la materia”.

Puedes ver la charla en el siguiente link https://youtu.be/oXRhw27I5O0

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